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Las Cajas de Compensación, con recursos propios, ampliarán el alcance del Subsidio de Emergencia al Cesante

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Julio 2, 2020. Las Cajas de Compensación Familiar en su propósito de proteger a la clase trabajadora vulnerable desarrolló e implementó desde el mes de marzo el Mecanismo de Emergencia para el Cesante, un beneficio económico dirigido a aquellas personas que perdieron su empleo durante la crisis ocasionada por el Covid 19. A la fecha, las Cajas ya cumplieron con la primera fase que proyectó beneficiar a cerca de 100 mil personas. Ahora, a través de una autorización otorgada por el Decreto Ley 765, Las Cajas podrán destinar más recursos propios a más beneficiarios.
  • El beneficio económico de emergencia para el cesante, que opera por iniciativa y recursos de las Cajas de Compensación, beneficiará a 200 mil personas en total.
  • Las Cajas ampliarán la capacidad de atención del Subsidio de emergencia al cesante al doble de lo inicialmente proyectado.
  • Los recursos destinados por las Cajas para el subsidio alcanzarían el medio billón de pesos.
  • Al 30 de junio, 239.406 postulaciones han sido aprobadas y se han comprometido 393 mil millones de pesos para 125.793 personas que ya han sido efectivamente atendidas.

Al 30 de junio, las Cajas habían recibido 765.803 solicitudes de las cuales 239.406 han sido postulaciones aprobadas que certifican todo el cumplimiento de los requisitos, y se han comprometido 393 mil millones de pesos para 125.793 personas que ya han sido efectivamente atendidas. Ahora, bajo el alcance financiero actual, donde las Cajas propusieron algunos ajustes que se concretaron en el decreto Ley 765, se espera llegar en total a 200 mil personas alcanzando un aporte del sector cercano al medio billón de pesos. Los recursos adicionales se focalizarían en las personas que tienen ya autorizado el beneficio.

Se debe destacar que este beneficio ha sido posible gracias a los aportes empresariales al Sistema de Compensación Familiar. Sin duda, este esfuerzo constituye el aporte más importante que ha hecho el sector privado no solo por el volumen de los recursos asignados, sino también en el beneficio que representa para la población trabajadora preservar un nivel de ingresos que los aleje de condiciones de pobreza. 

Aunque con estos nuevos recursos se amplía la cobertura, es necesario comprender la limitación manifiesta desde la Ley 1636 y explicita en el decreto 488 los beneficios se mantendrán hasta que permanezcan los hechos que dieron lugar a la emergencia económica, social y ecológica, y hasta donde permita la disponibilidad de recursos.

¿Cómo lo haremos? ¿Qué permite el Decreto Ley 765?

Bajo lineamientos financieros, las Cajas traerán a valor presente los posibles recursos que se recaudarían entre los meses de junio y diciembre. Es decir, se calculó cuánto podría ser el recaudo de los meses futuros, para con dichos recursos atender en la actualidad a más trabajadores.

Ahora, como las Cajas no cuentan con esos recursos porque efectivamente no se han recaudado, deben proceder a endeudamientos internos para, sin afectar otros programas, puedan solventar el flujo del dinero. Ya que las decisiones financieras de las Cajas, especialmente en esta época de crisis, deben velar por la sostenibilidad integral del Sistema y el funcionamiento de todos sus programas los cuales siguen operando y prestando beneficios a la población afiliada.

Beneficios como la Cuota Monetaria, que mensualmente apoya a más de 5 millones de familias con un auxilio económico que representa la tercera parte de la canasta familiar para los hogares beneficiarios cuyos ingresos son inferiores a 4 salarios mínimos. Lo anterior se suma a los programas de alimentación para la primera infancia, la operación de programas educativos, así como colegios, bibliotecas, y jardines infantiles, los subsidios para vivienda, la formación laboral, el acompañamiento empresarial, la cultura, el deporte, la recreación, los programas de salud, entre otros. Programas que integralmente protegen a la clase trabajadora vulnerable de los riesgos de la pobreza.  

Tener en cuenta:

  • El beneficio de protección al cesante es un subsidio al desempleo NO un seguro al desempleo.

Los seguros son aquellas prestaciones contributivas al salario como las cesantías, los intereses a las cesantías y la indemnización por despido que como parte de los regímenes laborales en los países son un derecho individualizado de cada trabajador.

El subsidio es una prestación asistencial adicional focalizada que No constituye una obligatoriedad universal porque su financiación es limitada, partiendo de un principio de autosostenibilidad del fondo que lo genera.

  • Hasta la fecha los recursos con los que se ha operado el beneficio NO provienen del presupuesto público sino de recursos privados del sector empresarial que realiza el aporte para sus trabajadores.
  • El porcentaje de independientes afiliados al Sistema del Subsidio Familiar es del 1.7%
  • El Sistema de Compensación Familiar también se verá afectado por la crisis, ante lo cual se prevé una caída en los ingresos del 20% dado que provienen del sector formal.

Estamos seguros que es necesario un plan integral que ayude a la clase trabajadora del país a enfrentar la crisis, donde el foco sea proteger de los riesgos de la pobreza a millones de colombianos­. No descansaremos, porque desde hace 65 años protegemos el bienestar de los trabajadores y sus familias. Adriana Guillén Arango, Presidente Ejecutiva, Asocajas.

Invitamos a todas las personas que han sido beneficiadas con el Subsidio de Emergencia al Cesante a que nos cuenten su historia y visibilicen el alcance de este beneficio #lascajasestamoscontigo

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